Tema 6.1 El Dictamen del Contador Público Independiente: Objetivos del dictamen. Alcance. Tipos de opinión. Normas, Elementos del Dictamen. Ejemplo

14.11.2016 01:52

Tema 6.1 El Dictamen del Contador Público Independiente: Objetivos del dictamen. Alcance. Tipos de opinión. Normas, Elementos del Dictamen. Ejemplo.

 I)         CONCEPTO, OBJETIVOS Y ALCANCE DEL DICTAMEN:

A) Concepto: El dictamen de auditoria es el documento que describe la naturaleza y alcance del examen de los estados financieros de una entidad y presenta la opinión del contador público independiente en su papel profesional  auditor como  auxiliar del estado, sobre los estados financieros que ha examinado.

 Constituye la evaluación por el contador público independiente (auditor) de los estados financieros preparados por su cliente y es la base para establecer su responsabilidad hacia los usuarios de esos estados financieros  

Es el criterio del contador público independiente (auditor), quien llega a conclusiones: - Como resultado de un examen de estados financieros de acuerdo con Los Principios de Contabilidad Generalmente aceptados y  Las Normas de auditoria de igual aceptación general; mediante la aplicación de juicio y experiencia, haciendo una evaluación del riesgo profesional.

En resumen:  Es el producto terminado del trabajo del contador público independiente (auditor) en un examen de estados financieros.

B) Objetivos:  El objetivo fundamental  del dictamen del auditor establecer que los estados financieros presentan razonablemente, en todos sus aspectos substanciales, la situación financiera de una entidad, los resultados de sus operaciones y el movimiento de su efectivo de conformidad con principios de contabilidad de aceptación general. Esta conclusión se expresa solamente cuando el auditor se ha formado una opinión sobre la base de la auditoria efectuada de acuerdo con los principios de Contabilidad  y normas de auditoria de aceptación general.

Según se declara en la NIA 200, el objetivo de una auditoría de estados financieros es hacer posible al auditor expresar una opinión sobre si los estados financieros están preparados, respecto de todo lo importante, de acuerdo con el marco de referencia de información financiera aplicable (Principio de Materialidad o Importancia Relativa)

A menos que la ley o regulación requiera usar una redacción diferente, la opinión del Auditor, para propósitos de esta NIA 200, declara si los estados financieros expresan un punto de vista verdadero y razonable y si están presentados razonablemente, respecto de todo lo importante de acuerdo con el marco de referencia de información financiera aplicable.

Estas frases, expresan un punto de vista verdadero y razonable  respecto de todo lo importante y  son equivalentes.

¿Cuál de ellas se utiliza en alguna jurisdicción particular? Ese es un asunto lo determina la ley o las regulaciones que gobiernan la auditoría de estados financieros en dicha jurisdicción, o la práctica establecida en dicha jurisdicción. Principio de Equidad y Principio de Objetividad

 En tales circunstancias, el auditor considera si el riesgo de malentendido puede mitigarse mediante la explicación apropiada en el dictamen del auditor (ver NIA 701)  (Principio de Revelación Suficiente)

C) Alcance:   El dictamen del auditor generalmente se emite en relación con los siguientes estados financieros básicos de una entidad:  

 1) Balance general   2) Estado de resultados

 3) Estado de movimiento de las cuentas de patrimonio   4) Estado de flujo del efectivo.

Cada uno de los estados financieros que han sido examinados, deben  ser específicamente identificados en el párrafo introductorio del dictamen.

II.- TIPOS DE DICTAMEN

1. OPINIÓN LIMPIA O ESTÁNDAR CON PÁRRAFO EXPLICATIVO

El nuevo dictamen permite que el auditor puede emitir opinión limpia o estándar y, después de ella, un párrafo o comentario adicional de carácter explicativo o de ampliación a la opinión del auditor. Es decir, se mantiene el criterio que toda la información que se incluya en el dictamen, después del párrafo de la opinión, solo sirve de aclaración. Sin embargo, el auditor puede sugerir a la entidad auditada que determinada información se incluya en las notas a los estados financieros y, en ese caso, no seria necesario incluir en el dictamen el cuarto párrafo adicional de carácter explicativo después de la opinión, porque se estaría cumpliendo con la norma de auditoria generalmente aceptada de revelación suficiente.

2. OPINIÓN CALIFICADA O CON SALVEDADES

Se puede afirmar que el auditor emitirá este tipo de dictámenes cuando por el resultado de su examen, concluya que:

·         Las declaraciones de la gerencia, referida a los estados financieros o sus notas no son satisfactorias al auditor. Es decir una limitación al alcance para la aplicación de los procedimientos de auditoria.

·         Existe incertidumbre sobre algún asunto por resolver en el futuro y que le permitirá obtener evidencia suficiente sobre el resultado.

Existe desviaciones a los principios de contabilidad generalmente aceptados o sus procedimientos, que podrían tener un efecto en las estimaciones contables, en los registros o en la preparación de los estados financieros que evalúa.

 

Se dará una opinión con salvedad, cuando se expresa que "excepto por" el efecto del asunto al que, se refiere la salvedad, los estados financieros se presentan razonablemente de conformidad con los Principios de Contabilidad de General Aceptación.

En cualquier de los casos mencionados podría ser necesario que el auditor incluya en su dictamen

·         Un párrafo intermedio antes de la opinión para reflejar la salvedad que afectara su opinión profesional, en forma detallada y completa.

·         Si la salvedad se refiere a una limitación al alcance, esta situación debe mencionarse en el párrafo dos (alcances) y describirse en el párrafo siguiente.

3. DICTAMEN CON OPINIÓN NEGATIVA O ADVERSA

En este tipo de dictamen debe mencionarse en el párrafo intermedio, antes de la opinión explicando en detalle las razones principales que lo llevaron a emitir tal opinión así como los efectos principales del asunto que origino la opinión adversa.

4. DICTAMEN CON ABSTENCIÓN O DENEGACIÓN DE OPINIÓN

El auditor emitirá este tipo de dictámenes en aquellos en que no practicó el examen con el alcance suficiente que le haya permitido formarse una opinión sobre la razonabilidad de los estados financieros examinados.

En el dictamen con abstención de opinión, se debe omitir el párrafo del alcance, porque el auditor por determinadas limitaciones al alcance de su examen, no estuvo en condiciones de aplicar los procedimientos de auditoria. Esta omisión se justifica para evitar una confusión con la opinión adversa.

5.   OTROS TIPOS DE DICTÁMENES

El auditor puede emitir opinión sobre un determinado estado financiero, es decir, es posible emitir dictamen parcial. Es un asunto que el auditor debe determinar en cada caso en particular.

  III. NORMAS QUE REGULAN EL DICTAMEN

En Venezuela  rigen los pronunciamientos que emite la Federación de Colegios de Contadores Públicos y  denominadas Normas Internacionales de Auditoría – NIA las mismas que deben ser aplicadas en toda auditoría independiente que se realice en entidades siempre y cuando esté dirigido para expresar una opinión.

Sin embargo, las NIA´s no se superponen a las convenciones locales que regulan la auditoría en un país.

Las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas (cuarta norma relativa al informe) establecen lo siguiente: El dictamen contendrá ya sea la expresión de opinión con respecto a los estados financieros tomados en conjunto, o una aseveración en el sentido de que no puede expresarse una opinión. Cuando no se puede expresar una opinión en que el nombre del auditor esté relacionado con estados financieros, el dictamen debe contener una indicación clara y concisa de la naturaleza del examen del auditor y el grado de responsabilidad que está asumiendo.

IV.- ELEMENTOS BASICOS DEL DICTAMEN

1.  Titulo

2.  Destinatario

3.  Párrafo introductorio

4.  Responsabilidad de la Administración (Gerencia)

5.  Responsabilidad del Auditor

6.  Otras Responsabilidades

7.  Párrafo de la opinión

8.  Fecha y firma del dictamen

9.   Dirección del Auditor

Modelo de informe del auditor de acuerdo a las Normas Internacionales de Auditoría (NIAs) “Estados Financieros Comparativos

A los Accionistas y la Junta Directiva de Ejemplo, C.A.

Hemos auditado los estados financieros adjuntos de Ejemplo, C.A., que comprenden el estado de situación financiera al 31 de diciembre de 2014, y los estados de resultados, de resultados integrales, de cambios en el patrimonio y de flujos de efectivo, por el año terminado en esa fecha, en bolívares constantes, así como un resumen de las políticas contables significativas y otras notas explicativas.

 Responsabilidades de la gerencia

En relación con los estados financieros La Gerencia es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados financieros adjuntos de conformidad con los principios de contabilidad de aceptación general en Venezuela (VEN-NIF PYME) (VEN-NIF GE) [o marco de información financiera aplicable], y del control interno que la gerencia determine que es necesario para permitir la preparación de estados financieros libres de errores significativos debido a fraude o error.  

 Responsabilidades del auditor

Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre los estados financieros adjuntos con base en nuestra auditoría.

Efectuamos nuestra auditoría de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría. Esas normas requieren que cumplamos con requisitos éticos, y que planifiquemos y realicemos la auditoría para obtener una seguridad razonable sobre si los estados financieros están libres de errores significativos.

Una auditoría implica realizar procedimientos para obtener evidencia de auditoría sobre los montos y revelaciones en los estados financieros. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluyendo la evaluación de los riesgos de errores significativos en los estados financieros debido a fraude o error.

Al efectuar esas evaluaciones de riesgo, el auditor considera el control interno relevante para la preparación y presentación razonable de los estados financieros por parte de la Compañía, con el fin de diseñar procedimientos de auditoría que sean apropiados en las circunstancias, y no con el propósito de expresar una opinión sobre la efectividad del control interno de la Compañía.

Una auditoría también incluye la evaluación de lo apropiado de las políticas contables utilizadas y de la razonabilidad de las estimaciones contables realizadas por la gerencia, así como la evaluación de la presentación de los estados financieros en su conjunto. Consideramos que la evidencia de auditoría que hemos obtenido es suficiente y apropiada para proporcionar una base para nuestra opinión. 10 NIA 700  

Opinión

En nuestra opinión, los estados financieros antes mencionados presentan razonablemente [da un punto de vista verdadero y razonable], en todos sus aspectos importantes, la situación financiera de Ejemplo, C.A., al 31 de diciembre de 2014, y los resultados de sus operaciones y sus flujos de efectivo por el año terminado en esa fecha, de conformidad con los principios de contabilidad de aceptación general en Venezuela (VEN-NIF PYME) (VEN-NIF GE) [o marco de información financiera aplicable].

Otro asunto

Ejemplo aplicable solo en el año de adopción de NIA * NIA 706 Con fecha XX de XXX de 2014, emitimos nuestro dictamen de auditoría sobre los estados financieros de Ejemplo, C.A., al 31 de diciembre de 2013 y por el año terminado en esa fecha, de acuerdo con normas de auditoría de aceptación general en Venezuela vigentes a esa fecha. Con fecha 13 de diciembre de 2013, la FCCPV aprobó la aplicación de las Normas Internacionales de Auditoría para los ejercicios que se inicien a partir del 01 de enero de 2014. Consecuentemente, nuestro dictamen de auditoría sobre los estados financieros al 31 de diciembre de 2014 y por el año terminado en esa fecha, se emite con base en las Normas Internacionales de Auditoría.

Lic. XXX Contador Público CPC Nº Fecha

Firma

Dirección

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